Obligaciones e inhabilidades de un conciliador en Colombia: Lo que debes saber antes de una audiencia
- Fundafas
- Jun 28
- 2 min read
Cuando decides resolver un conflicto a través de la conciliación extrajudicial, es fundamental confiar en que el proceso será llevado por una persona imparcial, profesional y ética. Por eso, hoy en el blog de Fundafas, te contamos cuáles son las obligaciones de un conciliador en Colombia y las inhabilidades que le impiden actuar en un caso determinado.
¿Qué obligaciones tiene un conciliador?
Un conciliador tiene el deber de actuar bajo principios de legalidad, imparcialidad y confidencialidad. Sus principales obligaciones están definidas por el Ministerio de Justicia y del Derecho, y son las siguientes:
1. Actuar con imparcialidad
El conciliador debe garantizar que ninguna de las partes tenga ventaja indebida. No puede tener inclinaciones personales, emocionales o económicas que afecten el equilibrio del proceso.
2. Explicar el proceso y los derechos
Debe asegurarse de que ambas partes comprendan sus derechos, deberes y las implicaciones legales del acuerdo al que puedan llegar.
3. Facilitar el diálogo respetuoso
El conciliador crea un espacio seguro, escucha activamente y fomenta la comunicación constructiva entre las partes involucradas.
4. Redactar el acta de conciliación
Al finalizar la audiencia, el conciliador debe levantar un acta clara, precisa y legalmente válida. Este documento tiene fuerza ejecutiva si las partes llegan a un acuerdo.
5. Garantizar la confidencialidad
Todo lo que se hable durante la audiencia es confidencial. El conciliador no puede divulgar información sin autorización.

¿Qué inhabilidades tiene un conciliador?
Un conciliador no puede actuar en ciertos casos donde exista conflicto de interés o riesgo de parcialidad. Estas son las principales inhabilidades contempladas en la ley:
1. Parentesco con alguna de las partes
Si el conciliador tiene relación de parentesco (hasta cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad) con alguno de los participantes, debe declararse impedido.
2. Interés directo en el caso
Si el conciliador puede beneficiarse directa o indirectamente del resultado del conflicto, no puede intervenir.
3. Haber sido abogado, apoderado o testigo de alguna parte
Tampoco puede participar si ha tenido rol previo en el caso o relación jurídica reciente con alguna de las partes.
4. Enemistad o amistad íntima con alguna parte
Las relaciones personales también son motivo de inhabilidad, ya que pueden comprometer la objetividad.
¿Qué pasa si el conciliador no se declara impedido?
En caso de que el conciliador incurra en una inhabilidad y no se declare impedido, las partes pueden recusarlo. Esto significa solicitar su retiro del caso por falta de imparcialidad. Además, podría enfrentar sanciones por parte del centro de conciliación o del Ministerio de Justicia.
¿Quién vigila a los conciliadores en Colombia?
Los conciliadores son vigilados por el Ministerio de Justicia y del Derecho, entidad encargada de supervisar que cumplan con sus deberes, requisitos y estándares de calidad. Además, cada Centro de Conciliación como Fundafas debe llevar un control interno y garantizar que sus conciliadores actúen dentro del marco legal.
En Fundafas, todos nuestros conciliadores están debidamente certificados, cumplen con los más altos estándares éticos y son constantemente capacitados para actuar con profesionalismo e imparcialidad.
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